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El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) resolvió que Grupo Televisa no acredita los elementos previstos en la Ley Federal de Competencia Económica para determinar que existe un agente económico con poder sustancial de mercado en el servicio de televisión de paga.
El Pleno del regulador resolvió que tras evaluar la información reunida durante el procedimiento se "resolvió que si bien Grupo Televisa cuenta con una alta participación en el mercado analizado, no se acreditan los elementos previstos en la Ley Federal de Competencia Económica para determinar la existencia de un agente económico con poder sustancial en el servicio de televisión de paga".
La razón por la que cinco de los siete comisionados votaron en favor de Televisa fue porque no se encontró que la televisora pueda fijar precios o restringir el abasto, es decir, el resto de las empresas no tienen barreras para competir con Televisa.
Cabe destacar que para resolver si una empresa tiene o no poder sustancial de mercado el tamaño es un factor, pero no resulta determinante.
Por otra parte, el regulador resolvió que los servicios de Video bajo demanda por internet u OTT no son sustitutos del servicio de televisión de paga.
ahd