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La ambigüedad en los cambios considerados en la Ley Federal de Derechos de Autor afectará al ecosistema digital, dijo Agustín Ríos, vicepresidente del Comité Jurídico de la Asociación de Internet.Mx.
“No exigen que acredites la titularidad de autor, no se señala para qué quieren notificar sólo 72 horas antes y cómo debe de constar esa notificación, y si no actúas o pagas o no remedias la supuesta violación, puede venir una suspensión de la comunicación pública, el embargo de las entradas o ingresos y el aseguramiento cautelar de los instrumentos”, detalló.
El Senado analiza modificar los artículos 213 Bis y 215 de la Ley Federal de Derecho de Autor, donde en el primero se establece la implementación de medidas precautorias, como el embargo de la negociación mercantil, y el aseguramiento del equipo con el que se lleva a cabo una comunicación pública. “Si no se acota y se saca de ese decreto la parte digital, esas modificaciones pueden ser utilizadas para poner una cortapisa o freno de la libertad de expresión y creativa”, subrayó.
La fracción tercera del artículo 16 de la ley a modificarse define como comunicación pública a cualquier acto mediante el cual la obra artística se pone al alcance general por cualquier medio o procedimiento que la difunda y que no consiste en la distribución de ejemplares. “Ahí cabe el internet, porque es una plataforma que sirve para difundir obras artísticas”, dijo. El presunto violador de los derechos de autor será notificado con 72 horas de anticipación, pero no se precisa la información que tendrá el mensaje, ni si en ese tiempo deberá pagar una cifra o bajar el contenido, comentó Ríos. El representante pidió al Senado atender sus argumentos.